Mediación
“Se entiende por mediación aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador” de acuerdo con la Ley 5/12, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
El mediador es imparcial, neutral, tiene el deber de confidencialidad y facilita que las partes lleguen a un acuerdo.
La mediación proporciona la oportunidad de encontrar una solución adecuada a los intereses comerciales y profesionales, así como, adecuada a los derechos y a las obligaciones jurídicas de las partes.